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Control Social
Control Social

Según la Ley 1757 de 2015, el control social es el derecho y el deber de la ciudadanía a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones y redes sociales, en la vigilancia y fiscalización de la gestión pública y sus resultados, de acuerdo con lo establecido en la normativa e instrumentos de planeación y gestión pública.

Es uno de los niveles y modalidad de la participación, en tanto materializa la incidencia ciudadana y contribuye con el fortalecimiento de la democracia mediante el seguimiento al desempeño de los agentes públicos y de aquellos privados que ejercen funciones públicas, al cabal cumplimiento de las obligaciones de las entidades del Estado y al uso correcto de los recursos que soportan la gestión de los asuntos colectivos.

La función pública, buscando fortalecer los ejercicios de control social de la ciudadanía, promueve la información, formación y apropiación al respecto. En el siguiente enlace puedes acceder a capacitación y herramientas contempladas en el marco del Plan Nacional de Formación para el Control Social a la Gestión Pública: www.funcionpublica.gov.co/web/murc/control-social.

Veedurías ciudadanas

Una de las formas más conocidas en Colombia de control social, son las veedurías ciudadanas, incorporadas como […] el mecanismo democrático de representación que le permite a la ciudadanía o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública.

Pasos para construir una veeduría ciudadana:

De conformidad a la Ley 850 de 2003 por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas, Sapiencia dentro de su quehacer misional no tiene incidencia directa con proyectos de veedurías.

No obstante, Sapiencia como entidad pública rendirá información a las veedurías siempre que estas lo requieran; en el entendido, que la Ley las contempla como el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como, a las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público (Articulo 1. Ley 850 de 2003).

Informar las modalidades de control social.

 

A la fecha Agencia de Educación Postsecundaria de Medellín – Sapiencia, no ha recibido ningún objeto de vigilancia de conformidad con lo dispuesto en la Ley 850 de 2003,

Las acciones de mejora que resulten de los procesos de veeduría ciudadana serán publicadas de manera oportuna por la Agencia de Educación Postsecundaria de Medellín – Sapiencia, en cumplimiento de los principios de transparencia y participación ciudadana.

📦 Caja de Herramientas ⬇️

  • Ley 850 de 2003 "Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas" Ver más
  • Ley 1757 de 2015 “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática” Ver más
  • Ley 472 de 1998 " Por la cual se desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones” Ver más
  • Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” Ver más
  • Ley 393 de 1997 “Por la cual se desarrolla el artículo 87 de la Constitución Política” – Acción de cumplimiento Ver más
  • Decreto 2591 de 1991 “Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política” Ver más
  • Auditores ciudadanos Ver más
  • Formulario de PQRSDF Ver más
  • Consulta de Veedurías en el RUES Ver más